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Publicaci贸nes Principales
Programa 21

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颁补辫铆迟耻濒辞

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Secci贸n I
DIMENSIONES SOCIALES Y ECONOMICAS
颁补辫铆迟耻濒辞 8

INTEGRACION DEL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO EN LA ADOPCION DE DECISIONES

INTRODUCCION


8.1. En el presente cap铆tulo figuran las siguientes 谩reas de programas:

(a) Integraci贸n del medio ambiente y el desarrollo a nivel de pol铆ticas, planificaci贸n y gesti贸n;

(b) Establecimiento de un marco jur铆dico y reglamentario eficaz;

(c) Utilizaci贸n eficaz de instrumentos econ贸micos e incentivos de mercado y de otro tipo;

(d) Establecimiento de sistemas de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada.

AREAS DE PROGRAMAS


A. Integraci贸n del medio ambiente y el desarrollo a nivel de pol铆ticas, planificaci贸n y gesti贸n

Bases para la acci贸n

8.2. En los sistemas actuales de adopci贸n de decisiones de muchos pa铆ses se tiende a seguir separando los factores econ贸micos, sociales y del medio ambiente a nivel de pol铆ticas, planificaci贸n y gesti贸n. Ello influye en la actuaci贸n de todos los grupos de la sociedad, incluidos los gobiernos, la industria y los particulares, y tiene consecuencias importantes para la eficiencia y la sostenibilidad del desarrollo. Tal vez sea necesario efectuar un ajuste, o una reformulaci贸n fundamental del proceso de adopci贸n de decisiones, a la luz de las condiciones concretas de cada pa铆s, para que el medio ambiente y el desarrollo se sit煤en en el centro del proceso de adopci贸n de decisiones econ贸micas y pol铆ticas, de manera que se logre de hecho la plena integraci贸n de esos factores. En los 煤ltimos a帽os, algunos gobiernos han emprendido tambi茅n una profunda reforma de las estructuras institucionales oficiales con objeto de que, cuando se adopten decisiones sobre pol铆ticas econ贸micas, sociales, fiscales, energ茅ticas, agropecuarias, mercantiles, de transporte y de otra 铆ndole se preste sistem谩ticamente m谩s atenci贸n al medio ambiente y a las consecuencias que tendr谩n esas pol铆ticas para el medio ambiente. Asimismo se est谩n adoptando nuevas modalidades de di谩logo para lograr una mejor integraci贸n entre el gobierno, la industria, la ciencia, los grupos ecol贸gicos y la opini贸n p煤blica en el proceso de establecer enfoques efectivos relacionados con el medio ambiente y el desarrollo. La tarea de impulsar esos cambios corresponde principalmente a los gobiernos, aunque, en muchos casos, ser谩 conveniente la colaboraci贸n con las organizaciones nacionales, regionales e internacionales, incluidas en particular el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), el PNUD y el Banco Mundial. Tambi茅n puede ser importante el intercambio de experiencias entre pa铆ses. Los planes, metas y objetivos nacionales, las normas, reglamentos y leyes nacionales y la situaci贸n concreta en que se encuentran los distintos pa铆ses constituyen el marco general en que tiene lugar esa integraci贸n. En este contexto, debe tenerse presente que las normas ambientales pueden entra帽ar enormes costos econ贸micos y sociales si se aplican de manera uniforme en los pa铆ses en desarrollo.

Objetivos

8.3. El objetivo general consiste en mejorar o reestructurar el proceso de adopci贸n de decisiones, de manera que se integre plenamente en 茅l el examen de las cuestiones socioecon贸micas y relativas al medio ambiente y se logre una participaci贸n m谩s amplia del p煤blico. Sobre la base de que los pa铆ses determinar谩n sus propias prioridades de conformidad con sus condiciones, necesidades, planes, pol铆ticas y programas nacionales, se proponen los objetivos siguientes:

(a) Realizar un examen nacional de las pol铆ticas, estrategias y planes econ贸micos, sectoriales y del medio ambiente para lograr la integraci贸n gradual de las cuestiones del medio ambiente y el desarrollo;

(b) Fortalecer las estructuras institucionales a fin de permitir la plena integraci贸n de las cuestiones del medio ambiente y el desarrollo en todos los niveles del proceso de adopci贸n de decisiones;

(c) Crear o mejorar mecanismos para facilitar la participaci贸n de organizaciones, grupos y particulares interesados en todos los niveles del proceso de adopci贸n de decisiones;

(d) Establecer procedimientos determinados a nivel interno para integrar las cuestiones del medio ambiente y el desarrollo en el proceso de adopci贸n de decisiones.

Actividades

A) Mejoramiento de los procesos de adopci贸n de decisiones

8.4. La necesidad principal consiste en integrar los procesos de adopci贸n de decisiones sobre el medio ambiente y el desarrollo. Para ello, los gobiernos deber铆an efectuar un examen nacional y, en los casos en que procediera, mejorar los procesos de adopci贸n de decisiones de manera que se logre la integraci贸n gradual de las cuestiones econ贸micas, sociales y del medio ambiente en un proceso de desarrollo econ贸micamente eficiente, socialmente equitativo y responsable y ecol贸gicamente racional. Los pa铆ses determinar谩n sus propias prioridades de conformidad con sus planes, pol铆ticas y programas nacionales para las actividades siguientes:

(a) Lograr la integraci贸n de factores econ贸micos, sociales y ambientales en el proceso de adopci贸n de decisiones en todos los niveles y en todos los ministerios;

(b)Adoptar un marco de pol铆ticas formulado a nivel interno que refleje una perspectiva a largo plazo y un enfoque intersectorial como base para la adopci贸n de decisiones, teniendo en cuenta los v铆nculos entre las diversas cuestiones pol铆ticas, econ贸micas, sociales y ambientales que intervienen en el proceso de desarrollo;

(c) Establecer medios determinados a nivel interno para asegurar la coherencia de pol铆ticas, planes e instrumentos de pol铆ticas sectoriales, econ贸micos, sociales y del medio ambiente, incluidas las medidas fiscales y el presupuesto; estos mecanismos deber铆an aplicarse a diversos niveles y unir a los interesados en el proceso de desarrollo;

(d) Supervisar y evaluar sistem谩ticamente el proceso de desarrollo, efectuando ex谩menes peri贸dicos del estado de desarrollo de los recursos humanos, las condiciones y tendencias econ贸micas y sociales y el estado del medio ambiente y los recursos naturales; esto se podr铆a complementar mediante ex谩menes anuales del medio ambiente y el desarrollo, a fin de que los diversos sectores y departamentos gubernamentales evaluaran los logros del desarrollo sostenible;

(e) Velar por que existan condiciones de transparencia y responsabilidad en cuanto a las consecuencias para el medio ambiente de las pol铆ticas econ贸micas y sectoriales;

(f) Asegurar el acceso del p煤blico a la informaci贸n pertinente, facilitando la recepci贸n de opiniones del p煤blico y permitiendo su participaci贸n efectiva.

B) Mejoramiento de los sistemas de planificaci贸n y gesti贸n

8.5. Con miras a lograr un enfoque m谩s integrado del proceso de adopci贸n de decisiones, tal vez sea necesario mejorar los sistemas de datos y los m茅todos anal铆ticos que se utilizan en ese proceso. Los gobiernos, colaborando cuando procediera con organizaciones nacionales e internacionales, deber铆an examinar la situaci贸n del sistema de planificaci贸n y de gesti贸n y, cuando fuera necesario, modificar y fortalecer los procedimientos de manera de facilitar el examen integrado de las cuestiones sociales, econ贸micas y del medio ambiente. Los pa铆ses determinar谩n sus propias prioridades de conformidad con sus planes, pol铆ticas y programas nacionales, para las actividades siguientes:

(a) Mejorar la utilizaci贸n de los datos y la informaci贸n en todas las fases del proceso de planificaci贸n y gesti贸n, utilizando de manera sistem谩tica y simult谩nea los datos sociales, econ贸micos y ambientales; se deber铆a hacer hincapi茅 en el an谩lisis de las interacciones y sinergias, y fomentar la utilizaci贸n de una amplia gama de m茅todos anal铆ticos, de manera de contar con diferentes puntos de vista;

(b) Adoptar procedimientos anal铆ticos amplios para la evaluaci贸n previa y simult谩nea de las consecuencias de las decisiones, incluidas las consecuencias para la econom铆a y el medio ambiente y para la relaci贸n que existe entre ambos sectores; esos procedimientos deber铆an abarcar no s贸lo los proyectos sino tambi茅n las pol铆ticas y los programas; el an谩lisis deber铆a incluir tambi茅n la evaluaci贸n de los costos, los beneficios y los riesgos;

(c) Adoptar criterios de planificaci贸n flexibles e integradores que permitan el examen de objetivos m煤ltiples y el ajuste a las nuevas necesidades; para ello pueden ser 煤tiles los criterios de integraci贸n de esferas a nivel de los ecosistemas o de las cuencas h铆dricas;

(d) Adoptar sistemas integrados de gesti贸n, especialmente para la ordenaci贸n de los recursos naturales; se deber铆an estudiar los m茅todos tradicionales o aut贸ctonos y utilizarlos cuando resultaran ser 煤tiles; no deber铆an marginarse las funciones tradicionales de la mujer como resultado de la introducci贸n de nuevos sistemas de gesti贸n;

(e) Adoptar criterios integrados para el desarrollo sostenible a nivel regional, incluidas las zonas transfronterizas, con sujeci贸n a los requisitos que impongan las circunstancias y necesidades particulares;

(f) Utilizar instrumentos de pol铆tica (jur铆dicos, reglamentarios y econ贸micos) como medio de planificaci贸n y de gesti贸n para tratar de lograr la incorporaci贸n de criterios de eficiencia en la adopci贸n de decisiones; se deber铆an examinar y adaptar peri贸dicamente los instrumentos con objeto de que siguieran siendo efectivos;

(g) Delegar funciones de planificaci贸n y gesti贸n en los niveles m谩s inferiores de la autoridad p煤blica sin comprometer por ello la eficacia; en particular, deber铆an examinarse las ventajas de ofrecer oportunidades eficaces y equitativas a la mujer para lograr su participaci贸n;

(h) Establecer procedimientos para que las comunidades locales participen en actividades de planificaci贸n en lo que respecta a accidentes imprevistos en la industria y en el medio ambiente, y mantener abierto el intercambio de informaci贸n sobre los riesgos locales.

C) Datos e informaci贸n

8.6. Los pa铆ses podr铆an elaborar sistemas para la vigilancia y la evaluaci贸n de los progresos hacia el logro del desarrollo sostenible mediante la adopci贸n de indicadores que midan los cambios en todo el espectro econ贸mico, social y ecol贸gico.

D) Adopci贸n de una estrategia nacional de desarrollo sostenible

8.7. Los gobiernos, en colaboraci贸n con las organizaciones internacionales cuando procediera, deber铆an adoptar una estrategia nacional de desarrollo sostenible basada, entre otras cosas, en la aplicaci贸n de las decisiones adoptadas en la Conferencia, especialmente en relaci贸n con el Programa 21. Esa estrategia debe tener en cuenta el plan nacional de desarrollo y armonizar los diversos planes y pol铆ticas econ贸micos, sociales y ambientales que est茅n en marcha en el pa铆s. La experiencia adquirida en las actividades actuales de planificaci贸n, como los informes nacionales para la Conferencia, las estrategias nacionales de conservaci贸n y los planes de acci贸n sobre el medio ambiente, deben utilizarse e incorporarse plenamente en una estrategia de desarrollo sostenible impulsada por el pa铆s. Sus objetivos deben asegurar un desarrollo econ贸mico socialmente responsable y al mismo tiempo proteger la base de recursos y el medio ambiente para beneficio de generaciones futuras. La estrategia debe elaborarse con la mayor participaci贸n posible. Debe basarse en una evaluaci贸n a fondo de la situaci贸n y las iniciativas actuales.

Medios de ejecuci贸n

A) Financiaci贸n y evaluaci贸n de los costos

8.8. La secretar铆a de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por a帽o (1993-2000) de la realizaci贸n de las actividades de este programa ascender谩 a unos 50 millones de d贸lares, que la comunidad internacional suministrar谩 a t铆tulo de donaci贸n o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas 煤nicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, depender谩, entre otras cosas, de las estrategias y los programas espec铆ficos que los gobiernos decidan ejecutar.

B) Investigaci贸n de las interacciones entre el medio ambiente y el desarrollo

8.9. Los gobiernos, en colaboraci贸n con la comunidad cient铆fica nacional e internacional y las organizaciones internacionales, deber铆an intensificar, seg煤n procediera, los esfuerzos por investigar las interacciones que existen dentro de los sistemas social, econ贸mico y ambiental y entre estos sistemas. La investigaci贸n se ha de emprender con el objeto concreto de prestar asistencia en la adopci贸n de decisiones sobre pol铆ticas y facilitar orientaciones sobre el mejoramiento de las pr谩cticas de gesti贸n.

C) Intensificaci贸n de la educaci贸n y la capacitaci贸n

8.10. Los pa铆ses, en cooperaci贸n con las organizaciones nacionales, regionales e internacionales, seg煤n procediera, deber铆an velar por que existieran o se pudieran capacitar los recursos humanos indispensables para proceder a la integraci贸n del medio ambiente y el desarrollo en diversas etapas del proceso de adopci贸n de decisiones y de ejecuci贸n. Para ello, deber铆an mejorar la educaci贸n y la capacitaci贸n t茅cnica, especialmente de mujeres y ni帽as, mediante la integraci贸n de los criterios interdisciplinarios del caso, en la ense帽anza t茅cnica, profesional y universitaria, y en otros programas de estudio. Tambi茅n se deber铆a efectuar la capacitaci贸n sistem谩tica de funcionarios p煤blicos, planificadores y administradores, dando prioridad a los criterios de integraci贸n necesarios y a las t茅cnicas de planificaci贸n y gesti贸n adecuadas a las condiciones particulares del pa铆s.

D) Promoci贸n de la conciencia p煤blica

8.11. Los pa铆ses, en cooperaci贸n con instituciones y grupos nacionales, medios de comunicaci贸n y la comunidad internacional, deber铆an adoptar medidas para que la opini贸n p煤blica en general y los c铆rculos especializados cobraran conciencia de la importancia de tener simult谩neamente en cuenta el medio ambiente y el desarrollo, y deber铆an establecer mecanismos para facilitar el intercambio directo de informaci贸n y de opiniones con el p煤blico. Se deber铆a poner especial empe帽o en destacar las responsabilidades y las posibles aportaciones de los diferentes grupos sociales.

E) Fortalecimiento de la capacidad institucional nacional

8.12. Los gobiernos, cooperando, seg煤n procediera con las organizaciones internacionales, deber铆an fortalecer la capacidad institucional nacional para integrar las cuestiones econ贸micas, sociales y ambientales en todos los niveles de los procesos de adopci贸n de decisiones y de ejecuci贸n. Se deber铆a dar prioridad al abandono de los enfoques sectoriales restringidos y a la adopci贸n de medidas encaminadas a lograr la plena coordinaci贸n y cooperaci贸n intersectoriales.


B. Establecimiento de un marco jur铆dico y reglamentario eficaz

Bases para la acci贸n

8.13. Las leyes y los reglamentos adecuados a las condiciones particulares de los pa铆ses se cuentan entre los instrumentos m谩s importantes para poner en pr谩ctica las pol铆ticas sobre el medio ambiente y el desarrollo, no s贸lo mediante los m茅todos de "mando y control", sino tambi茅n como marco normativo para llevar a cabo la planificaci贸n econ贸mica y establecer instrumentos de mercado. De todos modos, y a pesar de que aumenta constantemente el volumen de textos jur铆dicos relacionados con ese sector, gran parte de las disposiciones promulgadas son fragmentarias, regulan aspectos muy concretos o no cuentan con el respaldo necesario de un mecanismo institucional ni de una autoridad a los efectos de lograr su cumplimiento y su ajuste oportuno.

8.14. Aunque hay una constante necesidad de llevar a cabo reformas legislativas en todos los pa铆ses, los pa铆ses en desarrollo est谩n especialmente afectados por las deficiencias de sus leyes y reglamentos. Para integrar en forma eficaz el medio ambiente y el desarrollo en las pol铆ticas y pr谩cticas de cada pa铆s, es indispensable elaborar y poner en vigor leyes y reglamentos integrados, que se apliquen en la pr谩ctica y se basen en principios sociales, ecol贸gicos, econ贸micos y cient铆ficos racionales. Asimismo, es indispensable formular programas viables para examinar las leyes, los reglamentos y las normas que se adopten y hacerlos cumplir. Es posible que muchos pa铆ses necesiten apoyo t茅cnico para lograr estas metas. Las necesidades de cooperaci贸n t茅cnica en esta esfera incluyen la informaci贸n jur铆dica, los servicios de asesoramiento, la capacitaci贸n especializada y el aumento de la capacidad institucional.

8.15. La promulgaci贸n y aplicaci贸n de las leyes y los reglamentos en los planos nacional, estatal, provincial y municipal son tambi茅n indispensables para aplicar la mayor铆a de los acuerdos internacionales relacionados con el medio ambiente y el desarrollo, como lo demuestra la obligaci贸n que frecuentemente se suele incluir en los tratados de informar acerca de las medidas legislativas. En el contexto de los preparativos de la Conferencia, se ha hecho un examen de los acuerdos vigentes en el que se se帽ala que hay graves problemas de cumplimiento en este 谩mbito y que es necesario mejorar la ejecuci贸n nacional y, en los casos en que proceda, la asistencia t茅cnica conexa. Al formular sus prioridades nacionales, los pa铆ses deben tener en cuenta las obligaciones internacionales.

Objetivos

8.16. El objetivo general consiste en promover, de conformidad con las condiciones particulares de cada pa铆s, la integraci贸n de las pol铆ticas de medio ambiente y desarrollo mediante la formulaci贸n de leyes, reglamentos, instrumentos y mecanismos coercitivos adecuados a nivel nacional, estatal, provincial y local. Habida cuenta de que los pa铆ses determinar谩n sus propias prioridades de conformidad con sus necesidades y planes, pol铆ticas y programas nacionales y, en los casos en que proceda, regionales, se proponen los objetivos siguientes:

(a) Difundir informaci贸n sobre innovaciones jur铆dicas y reglamentarias eficaces en la esfera del medio ambiente y el desarrollo, con inclusi贸n de instrumentos de car谩cter coercitivo e incentivos al cumplimiento, para fomentar su mayor utilizaci贸n y su adopci贸n en los planos nacional, estatal, provincial y local;

(b) Prestar asistencia a los pa铆ses que la soliciten para modernizar y fortalecer el marco legislativo y reglamentario por el que se rija el desarrollo sostenible, teniendo debidamente en cuenta los valores sociales y las infraestructuras locales;

(c) Alentar la formulaci贸n y ejecuci贸n de programas nacionales, estatales, provinciales y locales que eval煤en y promuevan el cumplimiento de las leyes y respondan en forma adecuada al incumplimiento.

Actividades

A) Aumento de la efectividad de las leyes y los reglamentos

8.17. Los gobiernos, con la asistencia, seg煤n procediera, de las organizaciones internacionales competentes, deber铆an evaluar peri贸dicamente sus leyes y reglamentos y los mecanismos institucionales conexos de car谩cter institucional y administrativo que existan en los planos nacional, estatal, local y municipal, en relaci贸n con el medio ambiente y el desarrollo sostenible, con miras a hacerlos eficaces en la pr谩ctica. Los programas que se formulen a tal efecto deber铆an incluir la promoci贸n de la conciencia del p煤blico, la preparaci贸n y distribuci贸n de material de orientaci贸n y la capacitaci贸n especializada, mediante cursos pr谩cticos, seminarios, programas de educaci贸n y conferencias de funcionarios p煤blicos encargados de formular, aplicar, vigilar y hacer cumplir las leyes y los reglamentos.

B) Establecimiento de procedimientos judiciales y administrativos

8.18. Los gobiernos y los legisladores, con el apoyo, seg煤n procediera, de las organizaciones internacionales competentes deber铆an establecer procedimientos judiciales y administrativos de indemnizaci贸n y reparaciones en los casos de actos que afectaran el medio ambiente y el desarrollo y que pudieran ser ilegales o violar los derechos que establece la ley, y deber铆an propiciar el acceso de personas, grupos y organizaciones que tengan un inter茅s jur铆dico reconocido.

C) Suministro de informaci贸n jur铆dica y servicios de apoyo

8.19. Las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales competentes podr铆an cooperar para facilitar a los gobiernos y a los legisladores que lo soliciten un programa integrado de servicios de informaci贸n jur铆dica en materia de medio ambiente y desarrollo (derecho del desarrollo sostenible), adaptado especialmente a las necesidades particulares de los ordenamientos jur铆dicos y administrativos del pa铆s receptor. Estos sistemas podr铆an incluir asistencia en la preparaci贸n de inventarios y ex谩menes amplios de los sistemas jur铆dicos nacionales. Las experiencias anteriores han demostrado la utilidad de combinar los servicios especializados de informaci贸n jur铆dica y el asesoramiento jur铆dico. Dentro del sistema de las Naciones Unidas, se evitar铆a la duplicaci贸n de las bases de datos y se facilitar铆a la divisi贸n del trabajo. Estos organismos podr铆an examinar la posibilidad y los m茅ritos de realizar ex谩menes de determinados ordenamientos jur铆dicos nacionales.

D) Establecimiento de una red de cooperaci贸n para la capacitaci贸n en derecho del desarrollo sostenible

8.20. Las instituciones internacionales y universitarias competentes podr铆an colaborar para establecer, dentro de marcos convenidos, programas de posgrado y servicios de capacitaci贸n en el empleo, destinados especialmente a pasantes de pa铆ses en desarrollo que deseen cursar estudios de derecho del medio ambiente y el desarrollo. La capacitaci贸n abarcar铆a la aplicaci贸n y el mejoramiento progresivo de las leyes vigentes; las t茅cnicas conexas de negociaci贸n, redacci贸n y mediaci贸n y la capacitaci贸n de instructores. Las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales que ya realizan actividades de esa 铆ndole deben colaborar con las universidades correspondientes con miras a armonizar la planificaci贸n de los programas de estudio y ofrecer las mejores opciones posibles a los gobiernos interesados y a los posibles patrocinadores.

E) Elaboraci贸n de programas nacionales eficaces para el examen y el cumplimiento de leyes nacionales, estatales, provinciales y locales sobre el medio ambiente y el desarrollo

8.21. Cada pa铆s deber铆a formular estrategias integradas para llevar a su m谩xima expresi贸n el cumplimiento de sus leyes y reglamentos relacionados con el desarrollo sostenible, con asistencia de las organizaciones internacionales y de otros pa铆ses, seg煤n procediera. Las estrategias deben incluir:

(a) Leyes, reglamentos y normas que puedan hacerse cumplir y se basen en principios econ贸micos, sociales y ecol贸gicos racionales y en la evaluaci贸n adecuada de los riesgos, e incorporen sanciones destinadas a castigar las violaciones, obtener compensaci贸n e impedir violaciones futuras;

(b) Mecanismos para promover el cumplimiento;

(c) La capacidad institucional para reunir datos sobre el cumplimiento, examinar peri贸dicamente el cumplimiento, detectar las violaciones, establecer las prioridades de las medidas de coerci贸n, aplicar dichas medidas en forma eficaz y realizar evaluaciones peri贸dicas de la eficacia de los programas de cumplimiento y coerci贸n;

(d) Mecanismos para la participaci贸n adecuada de personas y grupos en la formulaci贸n y aplicaci贸n de leyes y reglamentos sobre el medio ambiente y el desarrollo.

F)Vigilancia a nivel nacional de las actividades jur铆dicas que complementan los instrumentos internacionales

8.22. Las partes contratantes de convenios internacionales, en consulta con las secretar铆as de las convenciones internacionales pertinentes, deber铆an mejorar, seg煤n procediera, las pr谩cticas y procedimientos de informaci贸n sobre las medidas jur铆dicas y reglamentarias adoptadas. Las partes contratantes de convenios internacionales podr铆an hacer encuestas de muestreo sobre las medidas complementarias internas con sujeci贸n al consentimiento de los Estados soberanos interesados.

Medios de ejecuci贸n

A) Financiaci贸n y evaluaci贸n de los costos

8.23. La secretar铆a de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por a帽o (1993-2000) de la realizaci贸n de las actividades de este programa ascender谩 a unos 6 millones de d贸lares, que la comunidad internacional suministrar谩 a t铆tulo de donaci贸n o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas 煤nicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, depender谩n, entre otras cosas, de las estrategias y los programas espec铆ficos que los gobiernos decidan ejecutar.

B) Medios cient铆ficos y tecnol贸gicos

8.24. El programa se basa fundamentalmente en la continuaci贸n de los trabajos en curso de reuni贸n, traducci贸n y evaluaci贸n de datos jur铆dicos. Cabe esperar que la intensificaci贸n de la cooperaci贸n entre las bases de datos existentes se traduzca en una divisi贸n m谩s adecuada del trabajo (por ejemplo, mediante la agrupaci贸n por zonas geogr谩ficas de los datos de los boletines oficiales y otras fuentes de referencia) y en una mayor normalizaci贸n y compatibilidad de los datos, seg煤n proceda.

C) Desarrollo de los recursos humanos

8.25. Se espera que la participaci贸n en la red de capacitaci贸n redunde en beneficio de los profesionales de pa铆ses en desarrollo y que mejore las oportunidades de capacitaci贸n de la mujer. Hay una gran demanda de ese tipo de capacitaci贸n de posgrado y en el empleo. Los seminarios, cursos pr谩cticos y conferencias sobre el examen y las medidas de aplicaci贸n que se han celebrado hasta la fecha han sido muy satisfactorios y bien concurridos. La finalidad de esas actividades es desarrollar recursos (tanto humanos como institucionales) con el objeto de formular y ejecutar programas eficaces para el examen y la aplicaci贸n constante de leyes, reglamentos y normas nacionales y locales relacionados con el desarrollo sostenible.

D) Fortalecimiento de la capacidad jur铆dica e institucional

8.26. Una parte importante del programa deber谩 apuntar a mejorar la capacidad jur铆dica e institucional de los pa铆ses para hacer frente a los problemas internos que plantea la reglamentaci贸n del medio ambiente y el desarrollo sostenible y la promulgaci贸n y aplicaci贸n de disposiciones en esa esfera. Se podr铆an designar centros regionales de recursos a los que se prestar铆a apoyo para que establecieran bases de datos especializados y servicios de capacitaci贸n para diversos grupos lingu铆sticos o culturales de los distintos ordenamientos jur铆dicos.


C.Utilizaci贸n eficaz de instrumentos econ贸micos e incentivos de mercado y de otro tipo

Bases para la acci贸n

8.27.Las leyes y los reglamentos relativos al medio ambiente son importantes, aunque no cabe esperar que por s铆 solos resuelvan los problemas que plantean el medio ambiente y el desarrollo. Los precios, los mercados y las pol铆ticas tributaria y econ贸mica de los gobiernos desempe帽an tambi茅n un papel destacado en la configuraci贸n de las actitudes y los comportamientos relacionados con el medio ambiente.

8.28. Durante los 煤ltimos a帽os, muchos gobiernos, especialmente de pa铆ses industrializados, pero tambi茅n de Europa central y oriental y de los pa铆ses en desarrollo, han recurrido cada vez con m谩s frecuencia a enfoques econ贸micos, incluidos los que se orientan al mercado. Entre los ejemplos se cuentan el principio de "el que contamina paga" y el concepto m谩s reciente de "el que utiliza los recursos naturales paga".

8.29. Dentro de un contexto econ贸mico de apoyo internacional y nacional y dado el marco jur铆dico y reglamentario necesario, los enfoques econ贸micos y orientados hacia el mercado pueden en muchos casos mejorar la capacidad para abordar las cuestiones del medio ambiente y el desarrollo. Esto se lograr铆a buscando soluciones eficaces en funci贸n de los costos, aplicando medidas integradas de prevenci贸n y control de la contaminaci贸n, promoviendo innovaciones tecnol贸gicas, influyendo en el comportamiento ecol贸gico del p煤blico y proporcionando recursos financieros para alcanzar los objetivos del desarrollo sostenible.

8.30. Es preciso realizar una labor adecuada para estudiar y lograr una utilizaci贸n m谩s eficaz y generalizada de los criterios econ贸micos y orientados al mercado dentro de un marco amplio de pol铆ticas, leyes y reglamentos relacionados con el desarrollo y adecuados a las condiciones particulares del pa铆s, como parte de un proceso general de transici贸n a pol铆ticas econ贸micas y ecol贸gicas que sean complementarias y se refuercen mutuamente.

Objetivos

8.31. Habida cuenta de que los pa铆ses determinar谩n sus propias prioridades de conformidad con sus necesidades y sus planes, pol铆ticas y programas nacionales, se trata de lograr progresos considerables en los pr贸ximos a帽os para alcanzar los tres objetivos fundamentales siguientes:

(a) Incorporar los costos ambientales en las decisiones de productores y consumidores, a fin de invertir la tendencia a considerar el medio ambiente como "bien gratuito" y a traspasar esos costos a otros sectores de la sociedad, a otros pa铆ses o a las generaciones futuras;

(b) Avanzar m谩s hacia la integraci贸n de los costos sociales y ecol贸gicos en las actividades econ贸micas de manera que los precios reflejen en forma adecuada la relativa escasez y el valor total de los recursos y contribuyan a prevenir la degradaci贸n del medio ambiente;

(c) Incluir, en los casos en que proceda, la utilizaci贸n de principios del mercado en la redacci贸n de instrumentos y pol铆ticas econ贸micos relacionados con el desarrollo sostenible.

Actividades

A) Mejoramiento o reforma de las pol铆ticas nacionales

8.32. A corto plazo, los gobiernos deber铆an acrecentar gradualmente la experiencia con instrumentos econ贸micos y mecanismos de mercado mediante la reorientaci贸n de sus pol铆ticas, teniendo en cuenta los planes, las prioridades y los objetivos nacionales, a fin de:

(a) Establecer combinaciones eficaces de enfoques econ贸micos, normativos y voluntarios (aut贸nomos);

(b) Eliminar o reducir la subvenciones que no se ajusten a los objetivos del desarrollo sostenible;

(c) Reformar las estructuras existentes de incentivos econ贸micos y fiscales para alcanzar los objetivos del medio ambiente y el desarrollo;

(d) Establecer un marco de pol铆ticas que aliente la creaci贸n de nuevos mercados en la lucha contra la contaminaci贸n y en la ordenaci贸n ecol贸gicamente m谩s racional de los recursos;

(e) Lograr una estructura de precios coherente con los objetivos del desarrollo sostenible.

8.33. En particular, los gobiernos deber铆an examinar, en cooperaci贸n, seg煤n procediera, con el comercio y la industria, el modo de utilizar con eficacia los instrumentos econ贸micos y los mecanismos de mercado en las esferas siguientes:

(a) Las cuestiones relacionadas con la energ铆a, el transporte, la agricultura y la silvicultura, el agua, los desechos, la salud, el turismo y los servicios terciarios;

(b) Las cuestiones de car谩cter mundial y transfronterizo;

(c) La elaboraci贸n e introducci贸n de una tecnolog铆a ecol贸gicamente racional y su adaptaci贸n, difusi贸n y transferencia a los pa铆ses en desarrollo, de conformidad con el cap铆tulo 34.

B) Consideraci贸n de las circunstancias particulares de los pa铆ses en desarrollo y de los pa铆ses con econom铆as en transici贸n

8.34. Se deber铆a hacer un esfuerzo especial para adaptar la utilizaci贸n de los instrumentos econ贸micos y de los mecanismos de mercado a las necesidades particulares de los pa铆ses en desarrollo y de los pa铆ses con econom铆as en transici贸n, con la asistencia de las organizaciones regionales e internacionales que se ocupan de la econom铆a y del medio ambiente, as铆 como, seg煤n procediera, de institutos de investigaci贸n privados. Con tal fin, se deber铆a:

(a) Prestar apoyo t茅cnico a esos pa铆ses en relaci贸n con los problemas de aplicaci贸n de los instrumentos econ贸micos y de los mecanismos de mercado;

(b) Fomentar la celebraci贸n de seminarios regionales y, tal vez, el establecimiento de centros regionales especializados.

C) Preparaci贸n de un inventario de las aplicaciones eficaces de los instrumentos econ贸micos y de los mecanismos de mercado

8.35. Dado que la utilizaci贸n de los instrumentos econ贸micos y de los mecanismos de mercado es relativamente reciente, se deber谩 fomentar activamente el intercambio de informaci贸n sobre la experiencia adquirida por los diferentes pa铆ses con tales procedimientos. A ese respecto, los gobiernos deber铆an alentar la utilizaci贸n de los medios de intercambio de informaci贸n existentes para estudiar las aplicaciones eficaces de los instrumentos econ贸micos.

D) Fomento de la comprensi贸n de la funci贸n de los instrumentos econ贸micos y de los mecanismos de mercado

8.36. Los gobiernos deber铆an fomentar las investigaciones y los an谩lisis de las aplicaciones eficaces de los instrumentos e incentivos econ贸micos, con la asistencia y el apoyo de las organizaciones regionales e internacionales que se ocupan de la econom铆a y del medio ambiente, as铆 como de institutos de investigaci贸n privados, prestando especial atenci贸n a cuestiones clave tales como:

(a) La funci贸n de los impuestos ambientales adaptados a las condiciones nacionales;

(b) Las repercusiones de los instrumentos e incentivos econ贸micos sobre la competitividad y el comercio internacional, y la necesidad potencial de cooperaci贸n y coordinaci贸n internacionales apropiadas en el futuro;

(c) Las posibles consecuencias sociales y distributivas de la utilizaci贸n de los diversos instrumentos.

E)Establecimiento de un mecanismo para examinar la fijaci贸n de precios

8.37. Es preciso comprender mejor tanto las ventajas te贸ricas de la aplicaci贸n de pol铆ticas de fijaci贸n de los precios, cuando proceda, como las repercusiones pr谩cticas de la adopci贸n de medidas al respecto. En consecuencia, se deber铆a iniciar, en los planos nacional e internacional y en cooperaci贸n con el comercio, la industria, grandes empresas, empresas transnacionales y otras agrupaciones sociales, seg煤n proceda, el examen de lo siguiente:

(a) Las consecuencias pr谩cticas de orientarse hacia una pol铆tica de fijaci贸n de precios que incorpore los costos ambientales pertinentes, a fin de contribuir al logro de los objetivos del desarrollo sostenible;

(b) Las consecuencias para la fijaci贸n de precios de las materias primas de los pa铆ses exportadores, incluidas las consecuencias de tales pol铆ticas de fijaci贸n de precios para los pa铆ses en desarrollo;

(c) Las metodolog铆as utilizadas para evaluar los costos de la protecci贸n del medio ambiente.

F) Mejoramiento de la comprensi贸n de la econom铆a del desarrollo sostenible

8.38. El mayor inter茅s por los instrumentos econ贸micos, incluidos los mecanismos de mercado, exige tambi茅n un esfuerzo concertado para comprender mejor la econom铆a del desarrollo sostenible. Con tal fin, se deber铆a:

(a) Alentar a los establecimientos de ense帽anza superior a que revisen sus programas de estudio y refuercen los estudios de la econom铆a del desarrollo sostenible;

(b)Alentar a las organizaciones econ贸micas regionales e internacionales y a los institutos de investigaci贸n privados competentes a que organicen cursos de formaci贸n y seminarios para los funcionarios nacionales;

(c) Alentar al comercio y la industria, incluidas las grandes empresas industriales y las empresas transnacionales con experiencia en cuestiones ecol贸gicas, a que organicen programas de capacitaci贸n para el sector privado y otros grupos.

Medios de ejecuci贸n

8.39. Este programa entra帽a el ajuste o la reorientaci贸n de las pol铆ticas de los gobiernos. Tambi茅n requiere la participaci贸n de las organizaciones y los organismos econ贸micos y ecol贸gicos internacionales y regionales que se ocupan del medio ambiente y que son competentes en esta esfera, con inclusi贸n de las empresas transnacionales.

A) Financiaci贸n y evaluaci贸n de los costos

8.40. La secretar铆a de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por a帽o (1993-2000) de la realizaci贸n de las actividades de este programa ascender谩 a unos 5 millones de d贸lares, que la comunidad internacional suministrar谩 a t铆tulo de donaci贸n o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas 煤nicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, depender谩n, entre otras cosas, de las estrategias y los programas espec铆ficos que los gobiernos decidan ejecutar.


D. Establecimiento de sistemas de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada

Bases para la acci贸n

8.41. Un primer paso hacia la integraci贸n de la sostenibilidad en la gesti贸n econ贸mica es la determinaci贸n m谩s exacta de la funci贸n fundamental del medio ambiente como fuente de capital natural y como sumidero de los subproductos generados por la producci贸n de capital por el hombre y por otras actividades humanas. Como el desarrollo sostenible tiene dimensiones sociales, econ贸micas y ecol贸gicas, es tambi茅n importante que los procedimientos de contabilidad nacionales no se limiten a medir la producci贸n de bienes y servicios remunerados de la forma tradicional. Es necesario elaborar un marco com煤n con arreglo al cual se incluyan en cuentas subsidiarias las aportaciones de todos los sectores y de todas las actividades de la sociedad que no se incluyan en las cuentas nacionales tradicionales, teniendo presente consideraciones de validez te贸rica y viabilidad. Se propone la adopci贸n de un programa de creaci贸n de sistemas de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada en todos los pa铆ses.

Objetivos

8.42. El principal objetivo es ampliar los sistemas actuales de contabilidad econ贸mica nacional para dar cabida en ellos a la dimensi贸n ambiental y a la dimensi贸n social, incluyendo por lo menos sistemas de cuentas subsidiarias para los recursos naturales en todos los Estados miembros. Los sistemas resultantes de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada que habr铆an de establecerse en todos los Estados miembros lo antes posible deber铆an considerarse, durante un futuro pr贸ximo, como un complemento de los sistemas tradicionales de contabilidad nacional, y no como un mecanismo destinado a sustituirlos. Los sistemas de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada formar铆an parte integrante del proceso nacional de adopci贸n de decisiones en materia de desarrollo. Los organismos nacionales de contabilidad deber铆an trabajar en estrecha colaboraci贸n con los departamentos nacionales de estad铆stica ecol贸gica, con los servicios geogr谩ficos y con los departamentos que se ocupan de los recursos naturales. La definici贸n de econ贸micamente activo podr铆a ampliarse para hacerla extensiva a las personas que en todos los pa铆ses realizan trabajos productivos pero no remunerados. De esta forma se podr铆a medir debidamente su contribuci贸n y tenerla en cuenta en el proceso de adopci贸n de decisiones.

Actividades

A) Fortalecimiento de la cooperaci贸n internacional

8.43. La Oficina de Estad铆stica de la Secretar铆a de las Naciones Unidas deber铆a:

(a) Poner a disposici贸n de todos los Estados miembros los m茅todos que figuran en el Manual de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada del sistema de cuentas nacionales;

(b) En colaboraci贸n con otras organizaciones competentes de las Naciones Unidas, continuar desarrollando, probando y mejorando y despu茅s normalizar los conceptos y m茅todos adoptados provisionalmente, tales como los propuestos en el Manual del sistema de cuentas nacionales, manteniendo informados a los Estados miembros sobre la situaci贸n de los trabajos a lo largo de todo este proceso;

(d) Coordinar, en estrecha cooperaci贸n con otras organizaciones internacionales, la capacitaci贸n, en peque帽os grupos, de contadores nacionales, estad铆sticos especializados en el medio ambiente y personal t茅cnico nacional para la creaci贸n, la adaptaci贸n y el mejoramiento de sistemas de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada.

8.44. El Departamento de Desarrollo Econ贸mico y Social de la Secretar铆a, en estrecha colaboraci贸n con otras organizaciones competentes de las Naciones Unidas, deber铆a:

(a) Fomentar, en todos los Estados miembros, la utilizaci贸n de indicadores de un desarrollo sostenible en sus programas nacionales de planificaci贸n econ贸mica y social y en sus procedimientos de adopci贸n de decisiones, con miras a la eficaz integraci贸n de los sistemas de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada en la planificaci贸n del desarrollo econ贸mico en el plano nacional;

(b) Fomentar la adopci贸n de un mejor sistema de reuni贸n de datos ecol贸gicos, econ贸micos y sociales.

B) Mejoramiento de los sistemas de contabilidad nacional

8.45. En el plano nacional, el programa podr铆a ser adoptado principalmente por los organismos que se ocupan de las cuentas nacionales, en estrecha cooperaci贸n con los departamentos que se encargan de las estad铆sticas ecol贸gicas y de los recursos naturales, con miras a ayudar a los especialistas en an谩lisis econ贸mico nacional y a los encargados de la planificaci贸n econ贸mica nacional. Las instituciones nacionales deber铆an desempe帽ar un papel fundamental, no s贸lo como depositarias del sistema, sino tambi茅n en relaci贸n con su adaptaci贸n, su establecimiento y su utilizaci贸n continua. Los trabajos productivos no remunerados, tales como los trabajos dom茅sticos y el cuidado de los ni帽os, deber铆an incluirse, cuando procediera, en las cuentas nacionales subsidiarias y en las estad铆sticas econ贸micas. Los estudios sobre la utilizaci贸n del tiempo podr铆an ser un primer paso en el proceso de elaboraci贸n de esas cuentas subsidiarias.

C) Establecimiento de un proceso de evaluaci贸n

8.46. En el plano internacional, la Comisi贸n de Estad铆stica deber铆a reunir y estudiar la experiencia adquirida y asesorar a los Estados miembros en cuestiones t茅cnicas y metodol贸gicas relacionadas con la ulterior elaboraci贸n y la puesta en pr谩ctica de sistemas de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada en los Estados miembros.

8.47. Los gobiernos deber铆an tratar de determinar y examinar medidas encaminadas a corregir las distorsiones de precios causadas por los programas ecol贸gicos que afectan a los recursos de tierras, agua, energ铆a y otros.

8.48. Los gobiernos deber铆an alentar a las empresas a que:

(a) Proporcionaran informaci贸n ecol贸gica pertinente presentando informes claros y detallados a accionistas, acreedores, empleados, autoridades gubernamentales, consumidores y p煤blico en general;

(b) Elaboraran y aplicaran m茅todos y normas para la contabilidad del desarrollo sostenible.

D) Mejoramiento de la reuni贸n de datos y de informaci贸n

8.49. Los gobiernos podr铆an considerar la introducci贸n de las mejoras necesarias en los procedimientos de reuni贸n de datos para establecer sistemas nacionales de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada, con miras a contribuir pragm谩ticamente a una gesti贸n econ贸mica racional. Se deber铆a hacer hincapi茅 en el aumento de la capacidad de reunir y analizar datos e informaci贸n sobre el medio ambiente y de integrarlos como datos econ贸micos, incluyendo datos desglosados por sexos. Tambi茅n se deber铆a tratar de elaborar cuentas sobre el medio f铆sico. Los organismos internacionales donantes deber铆an considerar la posibilidad de financiar el establecimiento de bancos de datos intersectoriales, con objeto de que la planificaci贸n nacional de un desarrollo sostenible se base en informaci贸n precisa, fiable y pertinente y responda a las condiciones nacionales.

E) Fortalecimiento de la cooperaci贸n t茅cnica

8.50. La Oficina de Estad铆stica de la Secretar铆a de las Naciones Unidas, en estrecha colaboraci贸n con las organizaciones competentes de las Naciones Unidas, deber铆a reforzar los mecanismos existentes para la cooperaci贸n t茅cnica entre los pa铆ses. Esto deber铆a incluir, en particular, el intercambio de experiencia sobre el establecimiento de sistemas de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada, especialmente en lo que se refiere a la evaluaci贸n de los recursos naturales no comercializados y a la normalizaci贸n de los procedimientos de reuni贸n de datos. Tambi茅n deber铆a procurarse la cooperaci贸n de las empresas comerciales y la industria, incluidas las grandes empresas industriales y empresas transnacionales con experiencia en la valoraci贸n de ese tipo de recursos.

Medios de ejecuci贸n

A) Financiaci贸n y evaluaci贸n de los costos

8.51. La secretar铆a de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por a帽o (1993-2000) de la realizaci贸n de las actividades de este programa ascender谩 a unos 2 millones de d贸lares, que la comunidad internacional suministrar谩 a t铆tulo de donaci贸n o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas 煤nicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, depender谩n, entre otras cosas, de las estrategias y los programas espec铆ficos que los gobiernos decidan ejecutar.

B) Fortalecimiento de las instituciones

8.52. Para poner en pr谩ctica los sistemas de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada:

(a) Se podr铆an reforzar las instituciones nacionales de los pa铆ses en desarrollo para lograr la integraci贸n efectiva del medio ambiente y el desarrollo a nivel de la planificaci贸n y la adopci贸n de decisiones;

(b) La Oficina de Estad铆stica deber铆a prestar el apoyo t茅cnico necesario a los Estados miembros, teniendo debidamente en cuenta el proceso de evaluaci贸n que ha de establecer la Comisi贸n de Estad铆stica; la Oficina de Estad铆stica deber铆a proporcionar apoyo t茅cnico apropiado para el establecimiento de sistemas de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada en colaboraci贸n con los organismos competentes de las Naciones Unidas.

C) Aumento de la utilizaci贸n de las tecnolog铆as de la informaci贸n

8.53. Se podr铆an elaborar y acordar directrices y mecanismos para la adaptaci贸n y la difusi贸n de las tecnolog铆as de la informaci贸n a los pa铆ses en desarrollo. Se deber铆an adoptar las tecnolog铆as m谩s avanzadas de gesti贸n de los datos para que la utilizaci贸n de los sistemas de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada se difunda y tenga la m谩xima eficiencia.

D) Fortalecimiento de la capacidad nacional

8.54. Los gobiernos, con el apoyo de la comunidad internacional, deber铆an reforzar su capacidad institucional nacional de reunir, almacenar, organizar, evaluar y utilizar datos para la adopci贸n de decisiones. Ser谩 preciso, especialmente en los pa铆ses en desarrollo, capacitar al personal que vaya a ocuparse, en la totalidad de los niveles, de todos los sectores relacionados con el establecimiento de sistemas de contabilidad ecol贸gica y econ贸mica integrada. Esa capacitaci贸n deber铆a incluir la formaci贸n t茅cnica del personal encargado del an谩lisis econ贸mico y ecol贸gico, de la reuni贸n de datos y de la contabilidad nacional, as铆 como la formaci贸n del personal directivo para que utilice tal informaci贸n de forma pragm谩tica y apropiada.