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Publicaci贸nes Principales
Programa 21

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颁补辫铆迟耻濒辞

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Secci贸n IV
Medios de ejecuci贸n
颁补辫铆迟耻濒辞 34

Transferencia de Tecnologia Ecologicamente Racional, Cooperacion y Aumento de la Capacidad

INTRODUCCION


34.1. Las tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales protegen al medio ambiente, son menos contaminantes, utilizan todos los recursos en forma m谩s sostenible, reciclan una mayor porci贸n de sus desechos y productos y tratan los desechos residuales en forma m谩s aceptable que las tecnolog铆as que han venido a sustituir.

34.2. En el contexto de la contaminaci贸n, las tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales son "tecnolog铆as de procesos y productos" que no generan desechos o generan pocos, a fin de prevenir la contaminaci贸n. Tambi茅n comprenden tecnolog铆as de "etapa final" para el tratamiento de la contaminaci贸n, luego de que 茅sta se ha producido.

34.3. Las tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales no son meramente tecnolog铆as aisladas, sino sistemas totales que incluyen conocimientos t茅cnicos, procedimientos, bienes y servicios y equipo, al igual que procedimientos de organizaci贸n y gesti贸n. Esto implica que, al analizar la transferencia de tecnolog铆as, tambi茅n habr铆a que ocuparse de los aspectos de las opciones tecnol贸gicas relativos al desarrollo de los recursos humanos y el aumento de la capacidad local, as铆 como de los aspectos que guardan relaci贸n con los intereses propios del hombre y la mujer. Las tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales deber铆an ser compatibles con las prioridades socioecon贸micas, culturales y ambientales que se determinasen en el plano nacional.

34.4. Existe una necesidad de acceso a tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales y de su transferencia en condiciones favorables, en particular a los pa铆ses en desarrollo, mediante medidas de apoyo que fomenten la cooperaci贸n tecnol贸gica y que permitan la transferencia de los conocimientos tecnol贸gicos especializados necesarios, as铆 como el fomento de la capacidad econ贸mica, t茅cnica y administrativa para el empleo eficiente y el desarrollo ulterior de la tecnolog铆a que se transfiera. La cooperaci贸n tecnol贸gica supone esfuerzos en com煤n de las empresas y los gobiernos, tanto los proveedores de la tecnolog铆a como sus receptores. Por consiguiente, dicha cooperaci贸n entra帽a un proceso repetitivo en que deben participar el gobierno, el sector privado y las instituciones de investigaci贸n y desarrollo para obtener los mejores resultados posibles de la transferencia de tecnolog铆a. Para que se mantenga con 茅xito una asociaci贸n a largo plazo en cooperaci贸n tecnol贸gica se necesitar谩 forzosamente una capacitaci贸n sistem谩tica continuada y el aumento de la capacidad a todos los niveles durante un lapso prolongado de tiempo.

34.5. Las actividades que se proponen en el presente cap铆tulo est谩n destinadas a mejorar las condiciones y los procesos relativos a la informaci贸n, el acceso a las tecnolog铆as y su transferencia (incluidos la tecnolog铆a m谩s moderna y los conocimientos especializados conexos), en particular para los pa铆ses en desarrollo, as铆 como en lo que se refiere al aumento de la capacidad y los mecanismos de cooperaci贸n y asociaciones cooperativas en la esfera de la tecnolog铆a, a fin de fomentar el desarrollo sostenible. Ser谩n imprescindibles tecnolog铆as nuevas y eficaces para aumentar la capacidad, especialmente de los pa铆ses en desarrollo, de alcanzar el desarrollo sostenible, sustentar la econom铆a mundial, proteger el medio ambiente y mitigar la pobreza y el sufrimiento humano. Impl铆cita en estas actividades est谩 la necesidad de abordar el perfeccionamiento de la tecnolog铆a que se utiliza actualmente y su reemplazo, cuando proceda, por una tecnolog铆a m谩s accesible y ecol贸gicamente m谩s racional.

Bases para la acci贸n

34.6. El presente cap铆tulo del Programa 21 es sin perjuicio de los compromisos y arreglos concretos sobre transferencia de tecnolog铆a que se adopten en los distintos instrumentos internacionales.

34.7. La asequibilidad de la informaci贸n cient铆fica y tecnol贸gica y el acceso a la tecnolog铆a ecol贸gicamente racional y su transferencia son requisitos indispensables para el desarrollo sostenible. El suministro de informaci贸n apropiada sobre los aspectos ecol贸gicos de las tecnolog铆as actuales consta de dos componentes relacionados entre s铆: el perfeccionamiento de la informaci贸n sobre las tecnolog铆as actuales y sobre las m谩s modernas, as铆 como de la informaci贸n sobre los riesgos que entra帽an para el medio ambiente, y el aumento del acceso a las tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales.

34.8. El objetivo primordial de un mejor acceso a la informaci贸n tecnol贸gica es permitir que se hagan elecciones con conocimiento de causa que faciliten el acceso a dichas tecnolog铆as y su transferencia, as铆 como el fortalecimiento de la capacidad tecnol贸gica end贸gena de los pa铆ses.

34.9. Una gran proporci贸n de los conocimientos tecnol贸gicos 煤tiles es de dominio p煤blico. Es necesario el acceso de los pa铆ses en desarrollo a las tecnolog铆as que no est茅n protegidas por patentes o sean de dominio p煤blico. Los pa铆ses en desarrollo tambi茅n deber铆an tener acceso a los conocimientos t茅cnicos y especializados necesarios para utilizar dichas tecnolog铆as en forma efectiva.

34.10. Es preciso examinar la funci贸n de los derechos de patente y propiedad intelectual y sus efectos en el acceso a tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales y su transferencia, en particular para los pa铆ses en desarrollo, y seguir estudiando el concepto del acceso seguro de los pa铆ses en desarrollo a tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales en su relaci贸n con los derechos protegidos por patentes con miras a atender eficazmente a las necesidades de los pa铆ses en desarrollo en esta esfera.

34.11. La tecnolog铆a patentada se puede conseguir comercialmente y las actividades empresariales internacionales constituyen un veh铆culo importante para la transferencia de tecnolog铆a. Deber铆a tratarse de aprovechar este fondo com煤n de conocimientos y combinarlo con las innovaciones locales con objeto de conseguir tecnolog铆as sustitutivas. Al mismo tiempo que se siguen estudiando los conceptos y las modalidades que aseguren el acceso a las tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales, as铆 como a las tecnolog铆as m谩s modernas, en particular a los pa铆ses en desarrollo, deber铆a fomentarse, facilitarse y financiarse, seg煤n procediera, un mayor acceso a las tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales, otorg谩ndose al mismo tiempo incentivos justos a los innovadores que promoviesen la investigaci贸n y el desarrollo de nuevas tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales.

34.12. Los pa铆ses receptores requieren tecnolog铆a y un mayor apoyo para ayudarlos a desarrollar a煤n m谩s su capacidad cient铆fica, tecnol贸gica, profesional y af铆n, teniendo en cuenta las tecnolog铆as y la capacidad existentes. Ese apoyo permitir铆a a los pa铆ses, especialmente los pa铆ses en desarrollo, hacer elecciones tecnol贸gicas m谩s racionales. En tal caso esos pa铆ses podr铆an evaluar en mejor forma las tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales antes de su transferencia y aplicarlas y manejarlas en debida forma, as铆 como perfeccionar las tecnolog铆as ya existentes y adaptarlas a sus necesidades y prioridades de desarrollo particulares.

34.13. Es indispensable contar con una masa cr铆tica de capacidad de investigaci贸n y desarrollo para la difusi贸n y utilizaci贸n efectivas de tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales y su creaci贸n en el plano nacional. Los programas de educaci贸n y formaci贸n deber铆an reflejar las necesidades de actividades de investigaci贸n definidas orientadas hacia los objetivos y deber铆an esforzarse por producir especialistas familiarizados con la tecnolog铆a ecol贸gicamente racional y dotados de una perspectiva interdisciplinaria. El logro de esta masa cr铆tica supone mejorar la capacidad de artesanos, t茅cnicos y administradores de categor铆a intermedia, cient铆ficos, ingenieros y educadores, y fomentar sus correspondientes sistemas de apoyo social o administrativo. La transferencia de tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales tambi茅n supone adaptarlas e incorporarlas en forma innovadora en la cultura local o nacional.

Objetivos

34.14. Se proponen los siguientes objetivos:

(a) Velar por el acceso, en particular de los pa铆ses en desarrollo, a la informaci贸n cient铆fica y tecnol贸gica, incluida la informaci贸n sobre las tecnolog铆as m谩s modernas;

(b) Promover, facilitar y financiar, seg煤n proceda, el acceso a las tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales y su transferencia, as铆 como los conocimientos t茅cnicos especializados correspondientes, en particular a los pa铆ses en desarrollo, en condiciones favorables, inclusive en condiciones de favor y preferenciales seg煤n arreglos mutuamente convenidos, teniendo en cuenta la necesidad de proteger los derechos de propiedad intelectual, as铆 como las necesidades especiales de los pa铆ses en desarrollo en lo relativo a la ejecuci贸n del Programa 21;

(c) Facilitar el mantenimiento y la promoci贸n de tecnolog铆as aut贸ctonas ecol贸gicamente racionales que puedan haber sido pasadas por alto o desplazadas, en especial en los pa铆ses en desarrollo, prestando especial atenci贸n a las necesidades prioritarias de esos pa铆ses y teniendo en cuenta las funciones complementarias del hombre y la mujer;

(d) Prestar apoyo al fomento de la capacidad end贸gena, en particular en los pa铆ses en desarrollo, de modo que 茅stos puedan evaluar, adoptar, gestionar y aplicar tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales. Esto podr铆a conseguirse, entre otras cosas, mediante:

  1. El desarrollo de los recursos humanos;
  2. El fortalecimiento de la capacidad institucional de investigaci贸n y desarrollo y de ejecuci贸n de programas;
  3. La realizaci贸n de evaluaciones sectoriales integradas de las necesidades tecnol贸gicas, de conformidad con los planes, los objetivos y las prioridades de los pa铆ses, seg煤n se prev茅 en la ejecuci贸n del Programa 21 en el plano nacional;

(e) Fomentar asociaciones tecnol贸gicas de larga duraci贸n entre los propietarios de tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales y los posibles usuarios.

Actividades

A) Establecimiento de redes de informaci贸n internacionales que vinculen los sistemas nacionales, subregionales, regionales e internacionales

34.15. Deber铆an desarrollarse y vincularse los sistemas de informaci贸n nacionales, subregionales, regionales e internacionales existentes mediante centros de intercambio de informaci贸n regionales que abarcaran amplios sectores de la econom铆a, tales como la agricultura, la industria y la energ铆a. La red podr铆a incluir, entre otras, oficinas de patentes nacionales, subregionales y regionales que cuenten con lo necesario para redactar informes sobre la tecnolog铆a m谩s moderna. Las redes de centros de intercambio de informaci贸n divulgar铆an informaci贸n sobre las tecnolog铆as existentes, sus fuentes, los riesgos que entra帽an para el medio ambiente y las condiciones generales de su adquisici贸n. Funcionar铆an sobre la base de la demanda de informaci贸n y se centrar铆an en las necesidades de informaci贸n de los usuarios finales. Tendr铆an en cuenta las funciones positivas que podr铆an desempe帽ar las organizaciones internacionales, regionales y subregionales, los c铆rculos empresariales, las asociaciones comerciales, las organizaciones no gubernamentales, los gobiernos y las redes nacionales reci茅n creadas o fortalecidas y los aportes que aquellas entidades podr铆an hacer.

34.16. Los centros de intercambio de informaci贸n internacionales y regionales, de ser necesario, tomar铆an la iniciativa de ayudar a los usuarios a determinar sus necesidades y difundir informaci贸n que satisficiera esas necesidades, utilizando los sistemas de transmisi贸n de noticias, informaci贸n p煤blica y comunicaciones existentes. En la informaci贸n que se divulgara se pondr铆an de relieve y se expondr铆an en detalle casos concretos en que se hubieran desarrollado y aplicado con 茅xito tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales. Para ser eficaces, los centros de intercambio de informaci贸n no s贸lo deber铆an facilitar informaci贸n, sino tambi茅n remitir a otros servicios, con inclusi贸n de fuentes donde conseguir asesoramiento, capacitaci贸n, tecnolog铆as y evaluaci贸n de tecnolog铆as. De ese modo, los centros de intercambio de informaci贸n facilitar铆an el establecimiento de empresas mixtas y asociaciones de diversos tipos.

34.17. Los 贸rganos competentes de las Naciones Unidas deber铆an levantar un inventario de los centros o sistemas de intercambio de informaci贸n internacionales o regionales existentes. La estructura existente deber铆a fortalecerse y perfeccionarse en los casos en que fuera necesario. Se deber铆an elaborar nuevos sistemas de informaci贸n, de ser necesario, a fin de llenar las lagunas que se descubriesen en esa red internacional.

B) Apoyo y fomento del acceso a la transferencia de tecnolog铆a

34.18. Los gobiernos y las organizaciones internacionales deber铆an fomentar, y alentar al sector privado a hacer lo propio, modalidades efectivas para el acceso a tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales y su transferencia, en particular a los pa铆ses en desarrollo, mediante, entre otras, las siguientes actividades:

(a) Formulaci贸n de pol铆ticas y programas para la transferencia eficaz de tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales de propiedad p煤blica o de dominio p煤blico;

(b) Creaci贸n de condiciones favorables para alentar al sector privado y al sector p煤blico a que innoven, comercialicen y utilicen tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales;

(c) Examen por los gobiernos y, cuando proceda, por las organizaciones competentes de las pol铆ticas existentes, incluidos subsidios y pol铆ticas fiscales, y las reglamentaciones para determinar si fomentan u obstaculizan el acceso a tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales, su transferencia y su introducci贸n;

(d) Examinar, en un marco que integre en su totalidad el medio ambiente y el desarrollo, los obst谩culos a la transferencia de tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales de propiedad privada y adoptar medidas generales apropiadas para reducir los obst谩culos, creando al mismo tiempo incentivos concretos, fiscales o de otra 铆ndole, para la transferencia de dichas tecnolog铆as;

(e) En el caso de las tecnolog铆as de propiedad privada, se podr铆an tomar las siguientes medidas, especialmente en beneficio de los pa铆ses en desarrollo:

  1. Creaci贸n y perfeccionamiento por los pa铆ses desarrollados, as铆 como por otros pa铆ses que pudieran estar en condici贸n de hacerlo, de incentivos apropiados, fiscales o de otra 铆ndole, para estimular la transferencia de tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales por las empresas, en particular a los pa铆ses en desarrollo, como elemento integrante del desarrollo sostenible;
  2. Facilitaci贸n del acceso a las tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales protegidas por patentes y su transferencia, en particular a los pa铆ses en desarrollo;
  3. Compra de patentes y licencias en condiciones comerciales para su transferencia a los pa铆ses en desarrollo en condiciones no comerciales como parte de la cooperaci贸n para el desarrollo sostenible, teniendo en cuenta la necesidad de proteger los derechos de propiedad intelectual;
  4. En cumplimiento de las convenciones internacionales pertinentes a que se hayan adherido los Estados, y con arreglo a las circunstancias espec铆ficas reconocidas por ellas, tomar medidas para impedir el abuso de los derechos de propiedad intelectual, incluidas las normas relativas a su adquisici贸n mediante un r茅gimen vinculante de concepci贸n de licencias, con sujeci贸n al pago de una indemnizaci贸n equitativa y suficiente;
  5. Suministro de recursos financieros para adquirir tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales a fin de que los pa铆ses en desarrollo en particular puedan aplicar medidas para promover el desarrollo sostenible que, en caso contrario, les impondr铆an una carga especial o desmesurada;

(f) Elaborar mecanismos para el acceso, en particular, de los pa铆ses en desarrollo, a tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales, y para su transferencia a esos pa铆ses, teniendo en cuenta al mismo tiempo la evoluci贸n del proceso de negociaci贸n de un c贸digo internacional de conducta para la transferencia de tecnolog铆a, como decidi贸 la 蘑菇视频CTAD en su octavo per铆odo de sesiones celebrado en Cartagena de Indias (Colombia), en febrero de 1992.

C) Mejoramiento de la capacidad de desarrollo y gesti贸n de tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales

34.19. Se deber铆an establecer o fortalecer marcos en los planos subregional, regional e internacional para el desarrollo, la transferencia y la aplicaci贸n de tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales y de los conocimientos t茅cnicos especializados correspondientes, con especial atenci贸n a las necesidades de los pa铆ses en desarrollo, incorporando dichas funciones en 贸rganos ya existentes. Dichos marcos facilitar铆an iniciativas de los pa铆ses desarrollados y los pa铆ses en desarrollo para estimular la investigaci贸n, el desarrollo y la transferencia de tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales, en gran parte mediante mancomunaci贸n de esfuezos dentro de los pa铆ses y entre ellos, as铆 como entre la comunidad cient铆fica y tecnol贸gica, la industria y los gobiernos.

34.20. Se deber铆a fomentar la capacidad nacional de evaluaci贸n, desarrollo, gesti贸n y aplicaci贸n de nuevas tecnolog铆as. Esto obligar谩 a fortalecer las instituciones existentes, capacitar al personal en todos los niveles y educar a los usuarios finales de la tecnolog铆a.

D) Establecimiento de una red de colaboraci贸n de centros de investigaci贸n

34.21. Deber铆a establecerse una red de colaboraci贸n de centros de investigaci贸n nacionales, subregionales, regionales e internacionales en la esfera de la tecnolog铆a ecol贸gicamente racional para mejorar el acceso a las tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales y su desarrollo, gesti贸n y transferencia, incluidas la transferencia y la cooperaci贸n entre pa铆ses en desarrollo y entre pa铆ses desarrollados y pa铆ses en desarrollo, principalmente sobre la base de los centros subregionales o regionales de investigaci贸n, desarrollo y demostraci贸n ya existentes que est谩n vinculados a las instituciones nacionales, en estrecha cooperaci贸n con el sector privado.

E) Apoyo a los programas de cooperaci贸n y asistencia

34.22. Se deber铆a prestar apoyo a los programas de cooperaci贸n y asistencia, incluidos los que ofrecen los organismos de las Naciones Unidas, las organizaciones internacionales y otras organizaciones p煤blicas y privadas competentes, en particular a los pa铆ses en desarrollo, en las esferas de la investigaci贸n y el desarrollo y la creaci贸n de capacidad tecnol贸gica y de recursos humanos en las esferas de la capacitaci贸n, el mantenimiento, la evaluaci贸n de las necesidades tecnol贸gicas nacionales, las evaluaciones del impacto ambiental y la planificaci贸n del desarrollo sostenible.

34.23. Tambi茅n se deber铆a prestar apoyo a los programas nacionales, subregionales, regionales, multilaterales y bilaterales de investigaci贸n cient铆fica, difusi贸n de informaci贸n y desarrollo de la tecnolog铆a entre los pa铆ses en desarrollo, incluso mediante la participaci贸n de empresas e instituciones de investigaci贸n p煤blicas y privadas, as铆 como la financiaci贸n de programas de cooperaci贸n t茅cnica entre pa铆ses en desarrollo en esta esfera. Ello deber铆a llevar aparejada la creaci贸n de v铆nculos entre esos elementos para asegurar una m谩xima eficacia en lo referente al conocimiento, la divulgaci贸n y la aplicaci贸n de tecnolog铆as para el desarrollo sostenible.

34.24. La formulaci贸n de programas mundiales, subregionales y regionales deber铆a incluir la determinaci贸n y evaluaci贸n de las prioridades regionales, subregionales y nacionales basadas en las necesidades. Los planes y estudios para fundamentar estos programas deber铆an servir de base para una posible financiaci贸n por parte de los bancos multilaterales de desarrollo, las organizaciones bilaterales, las entidades del sector privado y las organizaciones no gubernamentales.

34.25. Se deber铆an patrocinar visitas de expertos id贸neos de pa铆ses en desarrollo en la esfera de las tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales que actualmente est茅n trabajando en instituciones de pa铆ses desarrollados, y facilitar el regreso voluntario de dichos expertos a sus pa铆ses.

F) Evaluaci贸n tecnol贸gica en apoyo a la gesti贸n de tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales

34.26. La comunidad internacional, en particular los organismos de las Naciones Unidas, las organizaciones internacionales y otras organizaciones competentes, as铆 como organizaciones privadas, deber铆an cooperar en el intercambio de experiencias y en el fomento de la capacidad para la evaluaci贸n de necesidades tecnol贸gicas, sobre todo en los pa铆ses en desarrollo, a fin de que 茅stos puedan hacer elecciones basadas en tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales. Para tal fin deber铆an:

(a) Crear una capacidad de evaluaci贸n tecnol贸gica para la gesti贸n de tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales, incluida la evaluaci贸n de los efectos sobre el medio ambiente y los riesgos que entra帽an para 茅ste, teniendo debidamente en cuenta las salvaguardias adecuadas en materia de transferencia de tecnolog铆as sujetas a prohibiciones por razones ecol贸gicas o sanitarias;

(b) Fortalecer la red internacional de centros regionales, subregionales o nacionales de evaluaci贸n de la tecnolog铆a ecol贸gicamente racional, junto con centros de intercambio de informaci贸n, con objeto de aprovechar las fuentes de evaluaci贸n tecnol贸gica antes mencionadas en beneficio de todas las naciones. Estos centros, en principio, podr铆an brindar asesoramiento e impartir capacitaci贸n en situaciones nacionales definidas y fomentar la creaci贸n de capacidad nacional en materia de evaluaci贸n de la tecnolog铆a ecol贸gicamente racional. Deber铆a estudiarse, seg煤n procediera, la posibilidad de encomendar esa actividad a las organizaciones regionales ya existentes antes de crear instituciones totalmente nuevas, y tambi茅n deber铆a estudiarse, seg煤n procediera, la financiaci贸n de esta actividad mediante asociaciones entre el sector p煤blico y el privado.

G) Mecanismos y asociaciones de colaboraci贸n

34.27. Se deber铆an promover acuerdos de colaboraci贸n a largo plazo entre empresas de pa铆ses desarrollados y de pa铆ses en desarrollo con objeto de desarrollar tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales. Las empresas transnacionales, como depositarias de conocimientos t茅cnicos poco difundidos necesarios para la protecci贸n y el mejoramiento del medio ambiente, tienen una funci贸n y un inter茅s especiales en la promoci贸n de la cooperaci贸n en materia de transferencia de tecnolog铆a, ya que constituyen importantes cauces para dicha transferencia, y para crear una reserva de recursos humanos capacitados y fortalecer la infraestructura necesaria.

34.28. Se deber铆an promover empresas mixtas de proveedores y beneficiarios de tecnolog铆as, teniendo en cuenta las prioridades de pol铆tica y los objetivos de los pa铆ses en desarrollo. Junto con la inversi贸n extranjera directa, esas empresas mixtas podr铆an constituir importantes cauces para la transferencia de tecnolog铆as ecol贸gicamente racionales. Mediante dichas empresas mixtas e inversiones directas, ser铆a posible transferir y mantener pr谩cticas racionales de ordenaci贸n del medio ambiente.

Medios de ejecuci贸n

Financiaci贸n y evaluaci贸n de los costos

34.29. La secretar铆a de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por a帽o (1993-2000) de ejecuci贸n de las actividades de este cap铆tulo ascender谩 a una cifra de 450 a 600 millones de d贸lares, que la comunidad internacional suministrar谩 a t铆tulo de donaci贸n o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas 煤nicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, depender谩n, entre otras cosas, de las estrategias y los programas espec铆ficos que los gobiernos decidan ejecutar.