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El 24 de abril de 2024, la Asamblea General aprob¨® la , en la que decidi¨® establecer una Comisi¨®n Preparatoria a fin de preparar la entrada en vigor del Acuerdo en el marco de la Convenci¨®n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservaci¨®n y el Uso Sostenible de la Diversidad Biol¨®gica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicci¨®n Nacional (¡°Acuerdo BBNJ¡±, por sus siglas en ingl¨¦s) y preparar la celebraci¨®n de la primera reuni¨®n de la Conferencia de las Partes en el Acuerdo, al t¨¦rmino de la cual la Comisi¨®n dejar¨ªa de existir.

En su resoluci¨®n 78/272, la Asamblea General decidi¨® tambi¨¦n que la Comisi¨®n estar¨ªa abierta a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, los miembros de los ¨®rganos especializados y las partes en la Convenci¨®n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. De conformidad con dicha resoluci¨®n, otras organizaciones y entidades con las caracter¨ªsticas correspondientes tienen derecho a participar en los trabajos y las sesiones de la Comisi¨®n como observadoras. En este enlace figura m¨¢s informaci¨®n sobre la participaci¨®n en la Comisi¨®n.

En la resoluci¨®n 78/272, la Asamblea General decidi¨® adem¨¢s que las normas y la pr¨¢ctica establecida aplicables al procedimiento de la Conferencia Intergubernamental sobre la Diversidad Biol¨®gica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicci¨®n Nacional, reflejadas en los p¨¢rrafos 17, 18 y 19 de la , se aplicar¨ªan mutatis mutandis al procedimiento de la Comisi¨®n a menos que esta acordara otra cosa. Despu¨¦s del 20 de septiembre de 2025 o de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo, si esta es anterior, la adopci¨®n de decisiones por la Comisi¨®n corresponder¨ªa ¨²nicamente a los Estados y las organizaciones regionales de integraci¨®n econ¨®mica que hubieran firmado el Acuerdo, lo hubieran ratificado, aprobado o aceptado, o se hubieran adherido a ¨¦l.

De conformidad con la resoluci¨®n 78/272, la Comisi¨®n tomar¨ªa decisiones sobre cualquier recomendaci¨®n a la Conferencia de las Partes en el Acuerdo en la sesi¨®n final de la Comisi¨®n y preparar¨ªa un informe final sobre todos los asuntos comprendidos en su mandato para presentarlo a la Conferencia de las Partes en el Acuerdo en su primera reuni¨®n.

Tras la sesi¨®n de organizaci¨®n de la Comisi¨®n, la Asamblea General, en su decisi¨®n 78/560, de 13 de agosto de 2024 (disponible provisionalmente con la signatura), solicit¨® al Secretario General que organizara los per¨ªodos de sesiones primero y segundo de la Comisi¨®n Preparatoria del 14 al 25 de abril y del 18 al 29 de agosto de 2025, respectivamente, y que organizara al menos un per¨ªodo de sesiones de diez d¨ªas laborables en 2026, en las fechas que se determinaran en consulta con los Copresidentes. Posteriormente se acord¨® que el tercer per¨ªodo de sesiones de la Comisi¨®n se celebrar¨ªa del 23 de marzo al 2 de abril de 2026.