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El , tambi¨¦n conocido como ¡°Acuerdo BBNJ¡±, por sus siglas en ingl¨¦s, es el primer tratado amplio e intersectorial sobre el oc¨¦ano que se ha aprobado en d¨¦cadas. Se adopt¨® el 19 de junio de 2023, tras casi veinte a?os de negociaciones, y entr¨® en vigor el 17 de enero de 2026. Marc¨® un hito hist¨®rico en los esfuerzos por preservar la salud y la resiliencia de los ecosistemas oce¨¢nicos y garantizar la igualdad de oportunidades de participar en las actividades en las zonas situadas fuera de la jurisdicci¨®n nacional y beneficiarse de ellas.

El Acuerdo abarca diversas cuestiones al objeto general de asegurar la conservaci¨®n y el uso sostenible de la diversidad biol¨®gica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicci¨®n nacional, en el presente y a largo plazo, mediante la implementaci¨®n efectiva de las disposiciones pertinentes de la y una mayor cooperaci¨®n y coordinaci¨®n internacionales. Establece medidas espec¨ªficas en relaci¨®n con esas cuestiones, modalidades para implementar y hacer el seguimiento de esas medidas y arreglos institucionales para respaldar la implementaci¨®n del Acuerdo (ficha informativa n¨²m. 1: Sinopsis del Acuerdo BBNJ).

El Acuerdo abarca cuatro cuestiones principales:

Tambi¨¦n abarca las llamadas ¡°cuestiones transversales¡± (ficha informativa n¨²m. 6), las cuales est¨¢n relacionadas con la implementaci¨®n del Acuerdo y con las cuatro cuestiones principales.

El Acuerdo BBNJ y la Convenci¨®n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar

La Convenci¨®n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR o ¡°la Convenci¨®n¡±) establece el marco jur¨ªdico en el que deben realizarse todas las actividades en los oc¨¦anos y los mares. Reconoce que todos los problemas de los espacios marinos est¨¢n estrechamente relacionados entre s¨ª y han de abordarse en su conjunto. Consta de 320 art¨ªculos y nueve anexos, en los que se establecen los l¨ªmites de diversas zonas mar¨ªtimas y los derechos y obligaciones de las Partes con respecto a dichas zonas. Tambi¨¦n proporciona el marco en el que seguir desarrollando ¨¢mbitos concretos del derecho del mar, en particular mediante sus acuerdos de aplicaci¨®n.

El Acuerdo BBNJ es el tercer acuerdo de aplicaci¨®n de la Convenci¨®n, junto con el Acuerdo relativo a la Aplicaci¨®n de la Parte XI de la Convenci¨®n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de Diciembre de 1982 (Acuerdo relativo a la Parte XI), que trata la explotaci¨®n y exploraci¨®n de recursos minerales en la zona internacional de los fondos marinos (la ¡°Zona¡±, definida en la Convenci¨®n) y el Acuerdo sobre la Aplicaci¨®n de las Disposiciones de la Convenci¨®n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de Diciembre de 1982 relativas a la Conservaci¨®n y Ordenaci¨®n de las Poblaciones de Peces Transzonales y las Poblaciones de Peces Altamente Migratorios (Acuerdo de las Naciones Unidas sobre las Poblaciones de Peces), que se refiere a la conservaci¨®n y ordenaci¨®n de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios.

El Acuerdo BBNJ dispone que su interpretaci¨®n y aplicaci¨®n tendr¨¢n lugar en el contexto de la Convenci¨®n y de forma compatible con ella. Tambi¨¦n dispone que no perjudicar¨¢ los derechos, la jurisdicci¨®n y los deberes que corresponden a los Estados en virtud de la Convenci¨®n, incluso con respecto a la zona econ¨®mica exclusiva y la plataforma continental dentro de las 200 millas marinas y m¨¢s all¨¢.

Todos los Estados y organizaciones regionales de integraci¨®n econ¨®mica pueden hacerse partes en el Acuerdo BBNJ, independientemente de si son partes en la Convenci¨®n. Adem¨¢s, el Acuerdo establece que la situaci¨®n jur¨ªdica de quienes no son partes en la Convenci¨®n no se ver¨¢ afectada por ¨¦l.

?Cu¨¢l es la importancia del Acuerdo BBNJ?

El Acuerdo BBNJ es un paso decisivo para revertir las tendencias destructivas que afectan al oc¨¦ano y restablecer su salud. Esto es fundamental para hacer frente a la triple crisis planetaria producida por el cambio clim¨¢tico, la p¨¦rdida de biodiversidad y la contaminaci¨®n y para cumplir varios objetivos mundiales relacionados con el oc¨¦ano, en particular el Objetivo de Desarrollo Sostenible 14.

  • Por ser el primer tratado amplio e intersectorial sobre el oc¨¦ano que se ha aprobado en d¨¦cadas, la atenci¨®n que pone en intensificar y promover la cooperaci¨®n internacional puede dar lugar a planteamientos m¨¢s integrados y hol¨ªsticos de la gesti¨®n de las actividades oce¨¢nicas.

  • Varias de sus disposiciones respaldar¨¢n una gesti¨®n m¨¢s inclusiva del oc¨¦ano, por ejemplo, las relacionadas con los conocimientos tradicionales y la participaci¨®n de los Pueblos Ind¨ªgenas y las comunidades locales, con la receptividad de la creaci¨®n de capacidad a las cuestiones de g¨¦nero y con el equilibrio de g¨¦nero y la representaci¨®n geogr¨¢fica equitativa en la composici¨®n de los ¨®rganos establecidos en virtud del Acuerdo.

  • Fomentar¨¢ la investigaci¨®n cient¨ªfica marina y facilitar¨¢ la generaci¨®n y difusi¨®n de datos e informaci¨®n para contribuir a mejorar nuestro conocimiento de la biodiversidad marina de zonas hasta ahora inexploradas y apoyar medidas de conservaci¨®n y gesti¨®n basadas en datos cient¨ªficos.

  • Contribuir¨¢ a hacer frente a la desigual capacidad de realizar y aprovechar las actividades relacionadas con los recursos gen¨¦ticos marinos de las zonas situadas fuera de la jurisdicci¨®n nacional y la informaci¨®n digital sobre secuencias de esos recursos, de forma que dichas actividades redunden en inter¨¦s de todos los Estados y en beneficio de toda la humanidad.

  • Facilitar¨¢ la creaci¨®n de mecanismos de gesti¨®n basados en ¨¢reas, incluidas ¨¢reas marinas protegidas, en zonas situadas fuera de la jurisdicci¨®n nacional, lo que coadyuvar¨¢ a proteger y restaurar los ecosistemas y a apuntalar la resiliencia frente a los factores de perturbaci¨®n, como el cambio clim¨¢tico, la acidificaci¨®n del oc¨¦ano y la contaminaci¨®n marina.

  • Ayudar¨¢ a prevenir y minimizar los impactos en el medio marino, entre otras cosas mediante sus disposiciones relativas a las evaluaciones de impacto ambiental y los mecanismos de gesti¨®n basados en ¨¢reas, incluidas las ¨¢reas marinas protegidas.

  • Abordar¨¢ la desigualdad de capacidades y ayudar¨¢ a los Estados a fortalecer la cooperaci¨®n y la coordinaci¨®n y a emprender actividades en zonas situadas fuera de la jurisdicci¨®n nacional con iniciativas de creaci¨®n de capacidad y transferencia de tecnolog¨ªa marina.