ORGANIGRAMA DEL SISTEMA
El gr¨¢fico que figura a continuaci¨®n ilustra los componentes tanto formales como informales del sistema de justicia interna de las Naciones Unidas y el proceso aplicable cuando los funcionarios impugnan decisiones en el sistema. El gr¨¢fico ilustra la forma en que la impugnaci¨®n de un funcionario se puede encauzar por conducto del sistema informal o del sistema formal, o ambos al mismo tiempo.
El sistema formal comienza generalmente cuando un funcionario solicita una evaluaci¨®n interna de una decisi¨®n que desea impugnar. La evaluaci¨®n interna es un primer paso necesario en el sistema formal, a menos que la decisi¨®n se haya adoptado con arreglo al asesoramiento de ¨®rganos t¨¦cnicos o en cuestiones disciplinarias (en cuyo caso se la puede presentar directamente al tribunal de primera instancia, esto es, el Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas). Si la evaluaci¨®n interna no se pronuncia en su favor, el funcionario puede acudir al Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas (TCANU). Si el Tribunal Contencioso-Administrativo decide en contra del funcionario y este tiene fundamentos para una apelaci¨®n, la controversia puede elevarse al tribunal de ¨²ltima instancia, esto es, el Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas (TANU). La Administraci¨®n tambi¨¦n puede apelar la decisi¨®n del Tribunal Contencioso-Administrativo ante el Tribunal de Apelaciones. Las decisiones del Tribunal de Apelaciones son vinculantes para las partes.
El sistema informal consiste en la resoluci¨®n informal de conflictos, facilitada por la Oficina del Ombudsman y de Servicios de Mediaci¨®n de las Naciones Unidas (OSMNU). Durante el proceso formal, el Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas puede remitir las controversias a la OSMNU para la mediaci¨®n si las partes as¨ª lo acuerdan.
Los funcionarios pueden recurrir a la Oficina de Asistencia Letrada al Personal para obtener asistencia letrada y representaci¨®n ante cualquiera de los mecanismos de soluci¨®n de controversias.
1 En cualquier momento durante el proceso de resoluci¨®n formal, el funcionario y el autor de la decisi¨®n pueden tratar de resolver la controversia de manera informal, con o sin la asistencia de la OSMNU.
2 La evaluaci¨®n consiste en una valoraci¨®n objetiva y razonada de si la decisi¨®n impugnada se adopt¨® de conformidad con las normas establecidas. La realiza la Secci¨®n de Evaluaci¨®n Interna y Asesoramiento Secci¨®n de Evaluaci¨®n Interna y Asesoramiento en la Oficina del Secretario General Adjunto del Departamento de Estrategia de Gesti¨®n para las entidades de la Secretar¨ªa de las Naciones Unidas; los fondos y programas de las Naciones Unidas cuentan con una funci¨®n similar. La finalidad de esta etapa es dar a la Administraci¨®n la oportunidad de rectificarse o de proporcionar una reparaci¨®n aceptable en los casos en que haya habido irregularidades en el proceso de adopci¨®n de la decisi¨®n. La Secci¨®n de Evaluaci¨®n Interna y Asesoramiento y la OALP tambi¨¦n pueden sugerir una soluci¨®n informal de la controversia y remitirla a la OSMNU.
3 El Tribunal Contencioso-Administrativo examina y decide las demandas presentadas por o en nombre de funcionarios o exfuncionarios en que se impugne una decisi¨®n administrativa por presunto incumplimiento de sus condiciones de servicio o de su contrato de empleo.
4 Los intentos por resolver la controversia de manera informal no excluyen la soluci¨®n formal (dentro de los plazos establecidos) si el proceso de soluci¨®n informal no tiene ¨¦xito.
5 La OSMNU incluye los servicios del ombudsman y de mediaci¨®n de la Secretar¨ªa y los fondos y programas de las Naciones Unidas.
6 Para la lista completa de estas entidades, organismos y organizaciones, v¨¦ase:
